Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Felicitaciones (PQRSF)
Tu opinión mejora nuestro servicio
En CDA Tecnired habilitamos este canal para que puedas presentar de forma fácil y transparente cualquier petición, queja, reclamo, sugerencia o felicitación relacionada con tu experiencia en nuestras sedes de Medellín y Cali.
En cumplimiento de la Ley 1755 de 2015 y la Ley 1437 de 2011, contamos con personal calificado para atender y dar respuesta oportuna a cada solicitud. Al estar autorizados por el Estado para prestar servicios de revisión técnico-mecánica, aplicamos los siguientes plazos de respuesta como referencia:
- Quejas y reclamos: hasta 15 días hábiles
- Peticiones y sugerencias: hasta 10 días hábiles
- Felicitaciones: se registran y comparten con el equipo
¿Deseas realizar una PQRSF?
Diligencia el siguiente formulario.
¿Qué tipo de solicitud quieres radicar?
Petición
Es una solicitud formal para obtener información, una acción específica o una respuesta relacionada con la prestación del servicio de revisión técnico-mecánica en CDA Tecnired.
Queja
Es la manifestación de inconformidad frente a la conducta de algún colaborador o la manera en que se prestó el servicio de tecnomecánica en alguna de nuestras sedes, dejando constancia formal del malestar.
Reclamo
Es el derecho de todo usuario a exigir una solución, corrección o compensación ante la prestación deficiente del servicio, el incumplimiento de condiciones acordadas o la falta de respuesta a una solicitud previa.
Sugerencia
Es una propuesta o recomendación que nos ayuda a mejorar nuestros procesos, la atención al cliente o la calidad del servicio de revisión técnico-mecánica en CDA Tecnired.
Felicitación
Es el reconocimiento expreso de un usuario hacia un colaborador o sede de CDA Tecnired por una experiencia positiva, un servicio destacado o una atención que superó sus expectativas..
Nota legal
CDA Tecnired atiende las PQRSF en el marco de la Ley 1755 de 2015 (Derecho de Petición) y la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). Los plazos indicados son orientativos y se aplican como referencia al ser una entidad privada prestadora de servicios reglamentados por el Estado.